SOLICITUD DE AUTORIZACION PREVIA Y DECLARACION JURADA PARA

PRODUCCIONES FOTOGRÁFICAS PARTICULARES

1.- El señor/es..........................................................................................................
(Nombres completos o razón social de la persona jurídica)

Titular del sello que gira bajo la denominación con domicilio en

Calle....................................... Nro.................. Piso ...............Of ..............................
Localidad ..................................................................................................................
Provincia ...............................................................................CP ..............................
Tel ..............................................................................................................................
E-mail ......................................................................................................................

Sitio Web ...................................................................................................................

En adelante EL PRODUCTOR solicita la autorización previa que determina el artículo 36 de la Ley 11.723 con acuerdo a la Ley 17.648 y su Decreto 5 146/69 y las condiciones para Producciones Fonográficas Particulares para incluir exclusivamente obras en copias de fonogramas (discos, cintas, casetes, compact disc, dvd audio, mp3, etc.) del repertorio administrado por SADAIC detalladas en el reverso de la presente tales como son conocidos y ya explotados a la fecha de la presente, u otro medios de reproducción sonoras conocidos o que se conocieren en el futuro y poner estas copias de fonogramas, bajo su o sus marcas, al alcance del público para su utilización individual o del circulo familiar, y afirma que los datos que consigna en la presente son correctos y completos, y que esta autorización previa se ha confeccionado sin omitir dato alguno que deba contener, siendo fiel expresión de la verdad.

2.- DEFINICIONES:

Repertorio SADAIC-BIEM: todas las obras musicales o literarias musicalizadas o a musicalizarse, ya sean originales, en colaboración, arreglos, adaptaciones, versiones, recopilaciones, transcripciones y/o toda otra modificación ajustada a derecho de las mismas, que corresponda o correspondan en el futuro, conforme a sus asociados y a los autores y compositores representados por aplicación de la Ley 17.648 y su Decreto 5146/69, en todo lo referente a las representaciones otorgadas expresamente por las Sociedades de Autores Extranjeras; por el BIEM (Bureau International des Societes Gerant les Droits d'enregistrement et Reproduction Mecanique) y por el FNA (Fondo Nacional de las Artes).

Fonograma: son los sonidos de una interpretación y/o ejecución fijados en forma exclusivamente sonora.

Copia de Fonograma: es cualquier soporte que contenga sonidos directa o indirectamente tomados de un fonograma y que incorpore en su totalidad o en una parte sustancial los sonidos fijados en ese fonograma.

Ejemplar: cada una de las copias de las producciones fonográficas expresadas en una forma material.

Soporte: son las diferentes clases de objetos materiales aptos para contener los sonidos directa o indirectamente tomados de un fonograma, como ser: discos, casetes, cintas, cartuchos, compact disc, dvd, etc.

Productor: es la persona física o jurídica bajo cuya iniciativa, labor, responsabilidad y coordinación se fijan por primera vez los sonidos de una ejecución u otros sonidos.

Licenciado o Cesionario del productor: es la persona física o jurídica que celebra con el productor fonográfico original un contrato de licencia, en virtud del cual el segundo propietario de los fonogramas, autoriza al primero a ejercer uno o más de sus derechos exclusivos, por un cierto tiempo y en un determinado territorio, mediante una compensación económica

 

3.- EL PRODUCTOR se obliga a presentar conjuntamente con ésta solicitud las láminas que se integran a los ejemplares, y a respetar en las mismas y en los ejemplares que reproduzca obras del repertorio administrado por SADAIC el título de cada una de las obras, los nombres de los autores y compositores, el del versionista, arreglador, interprete y el del editor, etc., además de las siguientes leyendas:

a) " RESERVADOS TODOS LOS DERECHOLOS AUTORES Y COMPOSITORES, DEL PRODUCTOR Y DE LOS INTERPRETES DE LAS OBRAS REPRODUCIDAS EN ESTE EJEMPLAR. PROHIBIDA LA REPRODUCCIÓN, REGRABACIÓN, ALQUILER. PRESTAMO, CANJE. EJECUCIÓN PUBLICA, RADIODIFUSION Y CUALESQUIERA OTRO USO NO AUTORIZADO DE ESTOS FONOGRAMAS "S DE b) el facsímil con las siglas "SADAIC-BIEM" en mayúscula, c) el año de producción fonográfica.

 

4.- Nombre ydomicilio de la Fábrica impresora de los ejemplares

Cantidad total de ejemplares a fabricar (en numero y letras)

Título de la producción fonográfica:

Tipo de soporte: Código del soporte maestro:

Precio de venta del Productor (en números y letras)

Mes y Año de la producción fonográfica:

Nombre y domicilio del estudio de grabación:

5.- Esta autorización no es exclusiva y, caduca automáticamente una vez que EL PRODUCTOR a cuyo nombre fue extendida, haya hecho uso de la facultad que la misma le otorga de acuerdo a lo declarado en el punto 4.- que antecede. EL PRODUCTOR pagará a SADAIC por cada ejemplar fabricado una regalía equivalente al 8,19% del precio de venta unitario de cada ejemplar, con una regalía mínima que no podrá ser inferior a la que resulte de aplicar el 8,19 % sobre los precios, cantidades y condiciones establecidas en el CUADRO DE REGALÍAS MÍNIMAS Y CONDICIONES PARA PRODUCCIONES FONOGRÁFICAS PARTICULARES.

6.- La presente autorización sólo se considerará por otorgada si, EL PRODUCTOR acredita el pago de los derechos autorales correspondientes mediante documentación probatoria, la cual se compone del recibo de caja extendido por SADAIC y el resumen de cobro cuyo número se corresponde con el que se detalla en el recibo indicado. La documentación antes mencionada deberá presentarse en la fábrica impresora de los ejemplares y tanto el productor como el fabricante se obligan a limitar su fabricación, prensaje o duplicación a las cantidades autorizadas por SADAIC. Esta obligación es esencial y no podrá ser, suplida por ninguna otra modalidad; por ello no serán oponibles ante SADAIC las declaraciones, manifestaciones o pactos entre EL PRODUCTOR y ningún otro tercero.

7.- EL PRODUCTOR se obliga a respetar el derecho moral de los autores y compositores. En consecuencia las modificaciones que EL PRODUCTOR considerara hacer a una obra para satisfacer las necesidades de la grabación, no deberán tener por efecto alterar el carácter de ésta. Por lo tanto, ninguna modificación podrá ser efectuada al texto musical o literario del repertorio administrado por SADAIC, salvo autorización expresa del autor y/o del compositor o de sus derechohabientes.

8.- El número de obras completas o fragmentos de obras que EL PRODUCTOR puede reproducir en un mismo soporte en función de su duración y su tipo es el de 16 (dieciséis) obras o 28 (veintiocho) fragmentos y hasta 60 (sesenta) minutos de duración. Si EL PRODUCTOR reprodujese sobre un mismo soporte un número de obras enteras o de fragmentos de obras que excedan los autorizados, el importe de la regalía por ese ejemplar será aumentado en la misma proporción. En caso de ,reproducción sobre un mismo soporte de obras enteras o de fragmentos de obras, cada fragmento será considerado como una obra entera. Se exceptúa de esta condición a los "potpurríes" gráficamente editados, los que tendrán el valor de una obra entera. Se considera fragmento de obra a toda reproducción que no exceda de un minuto cuarenta y cinco segundos, a menos que la obra completa tenga unaduración inferior.

Marcar con una cruz lo que corresponda F: fragmento C: obra completa - Duración: en minutos y segundos

F

C

Duración

Titulo de la Obra

Autor/Compositor

Interprete

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

32

33

34

35

 

 

…………………………………............
Firma del Productor

 

 

……………………………………
Fonográfico Aclaración

 

 

…….……………………….........
Tipo y Nro. Documento

SADAIC: Lavalle 1547 (CI048AAK )Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel.: (011) 4379-8600

Área de Recaudación Nacional Tel.: 4379-8504 Fax : 4379-8631 Sitio Web: www.sadaic.org.ar